REGIMEN DE DEVOLUCION DE EXPORTACION - AMPLIACION DE PARTIDAS
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A través del Decreto N° 25/010 del 26/01/010 se realizaron ajustes al Régimen de devolución de tributos a las exportaciones modificado ya en el Decreto N° 389/009 del 20/08/2009. En este nuevo Decreto se fija una tasa de devolución de tributos del 2% para las exportaciones realizadas por el código arancelario 4403.10.00.21 y se incorpora al artículo 2° del Decreto 389/009 una lista de códigos arancelarios sobre cueros y pieles y madera.
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GARRAPATA COMÚN DEL BOVINO - REGLAMENTACIÓN
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Visto la Ley N° 18.268 del 17/04/2008 de lucha contra la garrapata Boophilus microplus (garrapata común de bovino) y los avances científicos y tecnológicos a nivel internacional, el análisis de riesgo, la resistencia de la parasitosis y la aparición de nuevas herramientas de su control, las exigencias de los mercados compradores en el control de residuos biológicos entre otros, requieren la adecuación de la estrategia de control de la garrapata y de las enfermedades asociadas, a fin de lograr la disminución de la prevalencia de la enfermedad y posterior erradicación de la misma. Considerando la reglamentación elaborada por el Grupo Técnico de Trabajo en la órbita de la DGSG/MGAP y de la opinión favorable de la CONHASA, a partir del Decreto N° 9/010 del 12/01/10 se reglamenta la Ley N° 18.268 del 17/04/2008.
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MEDIDAS ANTIDUMPING - EVITAR PRÁCTICAS ELUSIVAS
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Visto la Ley N° 16.671 del 13/12/1994 y el Decreto N°142/996 del 26/04/1996 que regulan los procedimientos de contralor de dumping en el país. Resultando que las mencionadas normas no cuentan con disposiciones tendientes a evitar las prácticas elusivas de las medidas antidumping.
Considerando imprescindible contar con una norma que regule los procedimientos para evitar la elusión de manera de consolidar la efectividad de las medidas antidumping se generó el Decreto N° 51/010 del 05/02/2010.
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SEGURO BRUCELOSIS - APORTES DEL SECTOR LECHERO
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Considerando la disminución de forma constante de casos de Brucelosis Bovina en los tambos, el superávit existente en la Cuenta del BROU que permite compensar los animales a faena obligatoria por un largo período y las dificultades económicas que actualmente atraviesa el sector lechero; a partir del Decreto N° 43/010 del 01/02/2010 se prorroga hasta el 13 de enero de 2011 la vigencia de las disposiciones contenidas en el artículo 7° de la Ley N°17.730 del 31/12/2003 y artículo 14 del Decreto N° 82/004 del 03/03/2004. Asimismo, se modifican por el término de 120 días, a partir de la fecha del Decreto, los aportes de los literales B) y C) de la Ley N° 17.730 del 31/12/2003 (con sus posteriores nuevas redacciones) que quedarán fijado en U$S 0,00.
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LEY DE DESCENTRALIZACION - MODIFICACIONES
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El Senado y la Cámara de Representantes, reunidos en Asamblea General, decretaron la Ley N°18.644 del 12/02/2010. Dicha Ley realiza importantes modificaciones a la Ley sobre Descentralización Territorial y Participación Ciudadana N°18.567 promulgada el 13/09/2009.
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